¿Es posible que un tercero asuma el cumplimiento de las obligaciones establecidas por el RRSIF?

Sí, es posible delegar en un tercero o en el destinatario de la operación el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el reglamento VERIFACTU, siempre que se cumplan las condiciones previstas en el artículo 5 del Reglamento de Obligaciones de Facturación (ROF).

Dicha delegación debe contar con las facultades expresas para la emisión de la factura y demás obligaciones derivadas.