La implantación de sistemas informáticos de facturación conformes con el reglamento tiene como objetivo principal prevenir prácticas fraudulentas en el proceso de emisión de facturas, tales como su omisión o la manipulación de datos una vez expedidas. Esta medida genera dos efectos relevantes:
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En primer lugar, contribuye directamente a la reducción del fraude fiscal, promoviendo una mayor equidad tributaria y fortaleciendo el principio de justicia fiscal, en beneficio del conjunto de la ciudadanía.
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En segundo lugar, actúa contra la competencia desleal, al limitar las ventajas indebidas de quienes incumplen sus obligaciones fiscales frente a quienes las respetan.
Adicionalmente, la adopción de estos requisitos técnicos y el uso de formatos estandarizados facilita la modernización y digitalización de los sistemas de facturación empresarial, lo que comporta una serie de beneficios adicionales:
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Fomento de la interoperabilidad entre empresas, profesionales y sus representantes fiscales, gracias a la utilización de estructuras de datos comunes. Esto permite el intercambio eficiente de información, reduce costes operativos y favorece la actividad económica.
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Simplificación de las obligaciones formales mediante una comunicación más directa, homogénea y automatizada con la Administración tributaria, lo que redunda en una mayor facilidad para el cumplimiento normativo.
Asimismo, el reglamento incorpora mecanismos que permiten a los destinatarios de facturas —incluidas las simplificadas o tiques— enviar ciertos datos a la Agencia Tributaria de forma sencilla e inmediata (por ejemplo, mediante códigos QR). Esta funcionalidad promueve la transparencia en las transacciones, refuerza la conciencia fiscal y contribuye al desarrollo de una cultura de cumplimiento tributario.